La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Coyhaique sesionó este viernes 21 de noviembre y resolvió, por unanimidad, rechazar la nueva solicitud presentada por la defensa de Mauricio Ortega Ruiz, condenado por lesiones y violación de morada en contra de Nabila Rifo. La instancia fue encabezada por el presidente de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, ministro Pedro Castro Espinoza, e integrada por magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal y jueces de Garantía, además del secretario de la comisión como ministro de fe.
Cabe recordar que esta instancia, con fecha 1 de octubre, había accedido a favorecer con libertad condicional a Ortega🔗 obteniendo en su oportunidad una calificación de 69,2 puntos en su solicitud, lo que se consideró como un “bajo compromiso delictual”, factor clave que se argumentó para otorgarle el beneficio. En esta ocasión, la comisión determinó por unanimidad que los requisitos para acceder al beneficio no se cumplen, debido a que el postulante -Ortega- no ha demostrado avances significativos en su proceso de reinserción social que permitan inferir posibilidades de resocialización adecuada, manteniendo la condena vigente en régimen cerrado.
La libertad condicional había sido revocada en un fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique el pasado 22 de octubre, a requerimiento del Sernameg, medida que fue ratificada por la Corte Suprema en un fallo el 12 de noviembre🔗 al considerara que no se había cumplido con los requisitos necesarios para informar adecuadamente a la víctima sobre la postulación del condenado al beneficio de libertad condicional aunque se había ordenado notificar a Nabila Rifo personalmente o por cédula; esta circunstancia impidió que Rifo ejerciera sus derechos, por lo que el proceso mediante el cual se otorgó la libertad condicional careció de la formalidad exigida por la ley.
Al contrario de la revisión de antecedentes en octubre pasado, el Servicio Nacional de la Mujer, institución que se apersonó con Víctor Llanca y representó en esta oportunidad a la victima, expuso una postura contraria a la solicitud del condenado.










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