La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la sentencia que condenó a Juan Pedro Bahamonde Millalonco a siete años de presidio efectivo como autor del delito frustrado de homicidio simple, ilícito perpetrado en enero de 2025 en la comuna de Cochrane. En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Castro Espinoza, Luis Aedo Mora y el fiscal judicial Jaime Álvarez Astete– desestimó el recurso de nulidad presentado por la defensa, descartando vicios en el proceso y validando la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique.
El fallo estableció que los argumentos de la defensa buscaban una revaloración de la prueba desde una perspectiva distinta, sin acreditar fundamentos de invalidez. La sentencia de primera instancia había dado por probado que, en la madrugada del 1 de enero de 2025, Bahamonde Millalonco agredió a la víctima con un objeto corto punzante al interior de un bar de Cochrane, provocándole lesiones cortopenetrantes en el tórax, incluyendo la sección de la arteria y vena axilar derecha.
La resolución ratificada concluyó que las heridas fueron de carácter grave y que, de no mediar atención médica oportuna, habrían causado la muerte de la víctima por pérdida masiva de sangre. Con ello, se mantiene la condena de siete años de presidio efectivo, cerrando la vía de nulidad y confirmando la validez del juicio oral realizado en Coyhaique.










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