La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el sábado 7 de febrero el amparo económico interpuesto por un grupo de empresas de turismo en contra de la Corporación Nacional Forestal, Conaf, confirmando la legalidad de la resolución administrativa que dispuso el cierre del tránsito peatonal sobre el glaciar Exploradores y la no renovación de permisos para caminatas sobre hielo en el Parque Nacional Laguna San Rafael.
En fallo unánime, el tribunal de alzada estableció que la decisión de Conaf se ajustó a derecho y se sustentó en antecedentes técnicos objetivos elaborados por la Dirección General de Aguas, los cuales advierten un riesgo geológico grave e inminente en el sector frontal del glaciar. Según la resolución, los informes técnicos elaborados entre 2023 y 2025 dan cuenta de desprendimientos históricos de grandes masas de hielo, un aumento significativo del sistema de grietas, adelgazamiento de la masa glaciar y un riesgo concreto de colapso, condiciones incompatibles con el desarrollo seguro de actividades turísticas sobre el hielo.
La Corte señaló además que las bases de los concursos públicos para operar en el sector contemplaban expresamente la posibilidad de cierre permanente del glaciar por razones de seguridad validadas por organismos técnicos del Estado. Asimismo, destacó que Conaf implementó instancias de diálogo público-privadas y ofreció alternativas ecoturísticas seguras, como senderos laterales de observación, concluyendo que la medida adoptada no prohíbe la actividad económica, sino que la regula en resguardo del interés público, la seguridad de las personas y la conservación de un área silvestre protegida.









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