La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección interpuesto por Fernando Coronado Mellado, en favor de Silvia Agustina Labra Muñoz, y ordenó a la Municipalidad de Cisnes ejecutar la poda o tala de árboles en mal estado ubicados en calle José María Caro, en Puerto Cisnes. La resolución, dictada por la Primera Sala del tribunal de alzada, establece un plazo de 30 días para cumplir la medida, una vez que el fallo quede ejecutoriado.
Según el fallo (causa rol 135-2025), la respuesta entregada por la Dirección de Obras Municipales fue considerada incompleta e incierta, al no establecer una fecha concreta para la intervención. El tribunal concluyó que la omisión municipal perpetúa una situación de riesgo para los habitantes del sector, afectando su derecho a la integridad física. La falta de una respuesta formal y clara fue calificada como arbitraria, justificando la tutela constitucional solicitada.
La Corte determinó que la Municipalidad, representada por el alcalde Francisco Roncagliolo Lepío, debe adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y garantizar la seguridad de la población. El fallo incluye costas y establece que la intervención debe realizarse en un plazo prudencial, con el objetivo de mitigar el riesgo que representan los árboles en mal estado para residentes y transeúntes.









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