
La Corte de Apelaciones de Coyhaique confirmó la sentencia que condenó a la empresa Exportadora Los Fiordos Limitada al pago de 100 UTM y a su administrador a 3 UTM, por su responsabilidad en el vertimiento de desechos sólidos y materiales que afectaron el fondo marino y la columna de agua. La resolución fue adoptada de manera unánime por la Primera Sala del Tribunal, que rechazó el recurso de apelación presentado por la compañía.
El fallo ratificado proviene del Juzgado de Letras de Puerto Aysén, instancia que estableció que la empresa incumplió la normativa ambiental contenida en la Ley General de Pesca y Acuicultura, al no prevenir el vertimiento de residuos asociados a su actividad productiva. La Corte sostuvo que los antecedentes y la presunción de veracidad de la denuncia no fueron desvirtuados por la defensa, respaldando así los razonamientos del tribunal de primera instancia.
Con esta resolución, queda firme la sanción aplicada a la empresa y a su representante, cerrando la vía de apelación en esta causa. La decisión reafirma la obligación de las compañías del sector acuícola de cumplir con las normativas ambientales vigentes y de adoptar medidas que eviten impactos negativos en los ecosistemas marinos de la región.









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