jueves, 17 septiembre , 2026
Radio45Sur.cl
Facebook
Twitter
Instagram
Youtube
Tunein
Eltelon
  • INICIO
  • NOSOTROS
    • SOMOS
    • PROGRAMACION
  • NOTICIAS
  • VIDEOS Y PODCAST
    • VIDEOS – PROGRAMA PUNTO DE VISTA
    • ¿CÓMO POSTULO?
    • MUJERES EN AYSEN
    • PODCAST
    • VOCES SOCIALES
    • MUJERES CULTORAS
  • CONVERSACIONES
  • EXPOPATAGONIA 2026
Sin resultados
View All Result
Radio45Sur.cl
  • INICIO
  • NOSOTROS
    • SOMOS
    • PROGRAMACION
  • NOTICIAS
  • VIDEOS Y PODCAST
    • VIDEOS – PROGRAMA PUNTO DE VISTA
    • ¿CÓMO POSTULO?
    • MUJERES EN AYSEN
    • PODCAST
    • VOCES SOCIALES
    • MUJERES CULTORAS
  • CONVERSACIONES
  • EXPOPATAGONIA 2026
Sin resultados
View All Result
Radio45Sur.cl
Sin resultados
View All Result

Ministro Álvaro Mesa Latorre procesa a carabineros (R) por homicidio calificado en Puerto Aysén en 1985

Por Radio45sur
22/07/2021
En la Categoría : REGIONAL
Ministro Álvaro Mesa Latorre procesa a carabineros (R) por homicidio calificado en Puerto Aysén en 1985
Noticias 45 en Spotify
Compartir En FacebookCompartir en TwitterCompartir en WhatsappCompartir en LinkedinCompartir en TelegramCompartir en RedditCompartir en Correo

También podría interesarle...

Superintendencia del Medio Ambiente formula cargo grave por incumplimiento ambiental en extracción de áridos en la comuna de Aysén

Feria de Fiestas Patrias reunió a emprendedores y agrupaciones locales en Puerto Aysén

Red Pyme Aysén inicia nueva etapa con mentorías personalizadas para proveedores locales

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Claudio Mesa Latorre, dictó el procesamiento N.º 126 en las causas que tramita, en contra de dos suboficiales de Carabineros en retiro, por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Rubén Armando Antimán Nahuelquín.

En el auto de procesamiento (causa rol 15.732), el ministro en visita extraordinaria sindica al cabo primero Víctor Heraldo Cuevas Seguel y al cabo segundo Alberto Daniel Velázquez Barría, a la época de los hechos, en calidad de autores del delito perpetrado en Puerto Aysén, en diciembre de 1985.

En la resolución, el ministro Mesa Latorre establece que, con los antecedentes reunidos en la etapa de investigación, “quedan suficientemente acreditados en autos los siguientes hechos:

A.- Que a partir del 11 de septiembre de 1973, a raíz de los sucesos acaecidos en el país, en todas las comisarías se formó un grupo operativo denominado ‘comisión civil’, dedicado a labores de inteligencia que consistían en averiguar situaciones de búsqueda de información respecto de grupos violentistas, detención de personas que estaban consideradas en los bandos militares, entre otras; es decir, eran labores que escapaban a los procedimientos comunes policiales [Lo anterior consta en causas rol 113.987 del ingreso del Primer Juzgado del Crimen de Temuco, rol 14-2013 del ingreso de la Ilma. Corte de Apelaciones de Temuco, rol 45.359 del ingreso del Juzgado de Letras de Lautaro, entre otras, todas seguidas por este Tribunal y que son de público conocimiento].

En el caso de la Segunda Comisaría de Puerto Aysén, tal comisión civil estuvo integrada por el Cabo 2° de Carabineros Alberto Daniel Velásquez Barría y el Cabo Primero de Carabineros Victor Heraldo Cuevas Seguel, entre otros [según consta de declaraciones de Alberto Daniel Velásquez Barría a fs. 68 (Tomo I); de Jorge Waldemar Paillán Agüero a fs. 790 (Tomo II); de Osvaldo del Carmen Mercegue Andrade a fs. 868 (Tomo II); de Víctor Heraldo Cuevas Seguel a fs. 1849 (Tomo IV) entre otros antecedentes].

B.- Que en este contexto, Rubén Armando Antimán Nahuelquín, 45 años de edad, casado y con 4 hijos, el día 27 de diciembre de 1985, en horas de la tarde, llegó a su casa en la ciudad de Puerto Aysén, donde vivía junto a su hija Doris Nelfa Antimán y su madre Vitalia del Carmen Nahuelquín, momento y lugar donde tuvo una discusión con su madre, empujándola y haciéndola caer, producto de lo cual esta concurrió hasta la 2° Comisaría de Carabineros de Puerto Aysén para hacer la respectiva denuncia por agresiones [Según consta de declaración de Doris Nelfa Antimán Jara a fojas 27 y fs. 107 (Tomo I); Informe de la 2° Comisaría de Carabineros de Puerto Aysén a fs. 74 (Tomo I) y fs. 1722 (Tomo V); de Parte N° 409 emitido por la 2° Comisaría de Carabineros de Pto. Aysén a fs. 1719 (Tomo V); de declaración de Vitalia Nahuelquín Reinaldo a fs. 1724 (Tomo V) entre otros antecedentes].

C.- Que producto de la denuncia realizada, un grupo de Carabineros de la 2° Comisaría de Puerto Aysén llegó hasta la casa de Rubén Antimán en su búsqueda, sin poder hallarlo pues este, al tener conocimiento que los Carabineros lo buscarían, salió de su casa para no ser encontrado. [Según consta de declaración de Doris Nelfa Antimán Jara a fojas 27 (Tomo I) y fs. 1091 (Tomo III); de declaración de Víctor Heraldo Cuevas Seguel a fs. 461 (Tomo II) entre otros antecedentes].

D.- Que luego de esto, el día 28 de diciembre de 1985, en horas de la noche, Rubén Antimán regresa a su casa golpeado y quejándose de dolor, siendo recibido por su hija Doris Antimán, a quien le informa que los Carabineros lo habían encontrado y golpeado y que entre sus agresores se encontraba el ‘zorro Velásquez’ y ‘Cuevas’. Posteriormente Miguel Ángel Antimán Jara, hijo de la víctima, relata que ese día llegó a la casa de su padre y escuchó que se quejaba en el dormitorio, por lo que entró y le preguntó qué le había ocurrido, contestándole que le había pegado el ‘el zorro Velásquez’ y ‘Cuevas’. Este declarante afirma que su padre gritaba mucho a causa del dolor, por lo que le ofreció llevarlo al hospital, a lo que la víctima se negó. [Según consta de declaración de Doris Antimán Jara a fs. 27, fs. 107, fs. 169 (Tomo I) y fs. 1091 (Tomo III) y declaración de Miguel Ángel Antimán Jara de fs. 1890 (Tomo V) entre otros antecedentes].

Producto de las lesiones sufridas, debió ser ingresado al Hospital de Puerto Aysén, el día 29 de diciembre de 1985, lugar donde su situación se agravó por lo cual fue trasladado hasta el hospital de Coyhaique, siendo ingresado al servicio de urgencia de ese recinto hospitalario el día 02 de enero de 1986. [Según consta en informe del director de Hospital Regional de Coyhaique a fs. 12 (Tomo I); en declaración de Francisco Otárola Zapata a fs. 26, (Tomo I) entre otros antecedentes]. Allí, en el Hospital Regional de Coyhaique, su hermana Selma Antimán fue a visitarlo y, luego de insistir, pudo ingresar a verlo y conversar con él. Su hermano la reconoció y le contó lo sucedido, señalándole que quienes lo habían golpeado eran el Cabo de Carabineros Heraldo Cuevas, el yerno de la ‘Tila Osorio’ y otro que no conocía. Tiempo después supo que el yerno de la ‘Tila Osorio’ se trataba de Alberto Velásquez Barría. [Según consta de declaración de Selfa Antimán Nahuelquín a fs. 29, fs. 136 y fs. 252 (Tomo I) y declaración de Julia Bórquez Antimán de fs. 1972 (Tomo VI) entre otros antecedentes].

Posteriormente, el 8 de febrero de 1986, Rubén Antimán fallece en el Hospital de Coyhaique, a consecuencia de un ‘traumatismo de tórax, con el consecuente pioneumotórax izquierdo, atribuible a terceros’, según lo señalado por la autopsia, autopsia que se realizó a más de un mes de la agresión sufrida, habiéndose realizado previamente 3 cirugías a nivel de tórax, de acuerdo a lo que declara el médico encargado de este informe. [Según consta en certificado de defunción de Rubén Antimán Nahuelquín a fs. 4, fs. 9, fs. 14, fs. 116 (Tomo I), informe de autopsia de fs. 17 (Tomo I), declaración de Carlos Edinson Vergara Quezada de fs. 1880 (Tomo V) entre otros antecedentes].

Como puede observarse con los antecedentes probatorios anteriores, Carabineros sabía por el parte de la Señora Vitalia Nahuelquín, que debían encontrar a Rubén Antimán Nahuelquín. El grupo de Carabineros, según lo relatado, era de al menos tres, lo que implica que estaban en superioridad numérica en relación a la víctima y bajo ese contexto aprovecharon la situación y procedieron a agredirlo y lesionarlo de tal forma, como relata la autopsia, que terminó días posteriores con la muerte de Rubén Antimán. Lo anterior, sumado a que la víctima, luego de ser golpeada, fue abandonada en la vía pública, teniendo que llegar por sus propios medios a su hogar. Cabe agregar a esto que la institución Carabineros tampoco ha facilitado la investigación, pues se solicitó el sumario sin que hasta la fecha este tribunal tenga ningún antecedente sobre la materia, lo que revela la política en esa época de impunidad respecto a la represión que había sobre la población civil.

E.- Que cabe hacer presente, que el relato de los testigos que conversaron con la víctima y señalan los nombres de los agresores, coinciden con el turno de Carabineros del día 28 de diciembre de 1985, en cuya nómina aparece mencionado Alberto Velásquez Barría, y, si bien en dicha nómina no se registra a Víctor Cuevas Seguel, es este mismo quien en su declaración entregada en causa rol N° 4.769 (seguida por la muerte de Rubén Antimán Nahuelquín) indica que ese día alrededor de las 21:00 horas tuvo que reemplazar al suboficial de guardia hasta las 8:00 del día siguiente, esto, además de declarar posteriormente que fue a buscar al Sr. Antimán a su casa para dar cumplimiento a una orden de investigar por el delito de lesiones. [Según consta en nómina de fojas 143 y fs. 238 (Tomo I) y declaración de Víctor Cuevas Seguel de fojas 69 (Tomo I) y fs. 461 (Tomo II) entre otros antecedentes]”.

“Atendido el mérito de los antecedentes, la naturaleza del delito, la pena asignada y la situación sanitaria en que se encuentra el país, resulta más adecuado para los fines del procedimiento –por ahora– decretar la medida cautelar personal de arresto domiciliario total”, consigna la resolución.

“Atendido el mérito de los antecedentes, de los cuales se desprende que la libertad de los procesados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad; teniendo en cuenta, también, la sanción legal probable de los delitos en que se les atribuye participación; y visto lo dispuesto en el artículo 363 del Código de Procedimiento Penal, no se les concederá el beneficio de la libertad provisional”, añade.

Etiquetas: carabineros en retiroderechos humanoshomicidio calificadopuerto aysenviolacion dd.hh.
Programa Conversaciones con el Gobierno Regional y su Consejo
Noticia Anterior

Ximena Órdenes y aprobación del Matrimonio Igualitario: «No es ningún acto de reparación, es un acto de dignidad»

Siguiente Noticia

Concejo Municipal realiza exitosa primera sesión en localidad rural

Noticias Relacionadas

Superintendencia del Medio Ambiente formula cargo grave por incumplimiento ambiental en extracción de áridos en la comuna de Aysén
REGIONAL

Superintendencia del Medio Ambiente formula cargo grave por incumplimiento ambiental en extracción de áridos en la comuna de Aysén

17/09/2026
Feria de Fiestas Patrias reunió a emprendedores y agrupaciones locales en Puerto Aysén
REGIONAL

Feria de Fiestas Patrias reunió a emprendedores y agrupaciones locales en Puerto Aysén

16/09/2026
Red Pyme Aysén inicia nueva etapa con mentorías personalizadas para proveedores locales
ECONOMIA

Red Pyme Aysén inicia nueva etapa con mentorías personalizadas para proveedores locales

16/09/2026
Club de básquetbol de Puerto Aysén firma alianza con Gimnasia de Comodoro y proyecta llegar a la Liga Chilena de Básquetbol
DEPORTE

Club de básquetbol de Puerto Aysén firma alianza con Gimnasia de Comodoro y proyecta llegar a la Liga Chilena de Básquetbol

14/09/2026
Municipalidad de Aysén alcanza 96,9% de cumplimiento en transparencia pública
REGIONAL

Municipalidad de Aysén alcanza 96,9% de cumplimiento en transparencia pública

12/09/2026
Inician mejoramiento térmico de 14 viviendas del Comité Río Aysén
REGIONAL

Inician mejoramiento térmico de 14 viviendas del Comité Río Aysén

12/09/2026
Siguiente Noticia
Concejo Municipal realiza exitosa primera sesión en localidad rural

Concejo Municipal realiza exitosa primera sesión en localidad rural

©Radio45sur - Todos los derechos reservados

subscribeSubscribace a nuestro canal
«
Anterior
1
/
11
Siguiente
»
loading
play
Ronaldo Águila Pizarro - Director Sede Coyhaique CFT Estatal de Aysén | Puntos de Vista
play
Maite Elorz - Docente Carrera Turismo CFT Estatal de Aysén (Coy) | Puntos de Vista
play
Yessica Medina - Jefa de carreras educativas | CFT Estatal de Aysén (Coyhaique)
play
Gypsy Durán Muñoz - Jefa Académica (Coy) CFT Estatal de Aysén | Puntos de Vista
play
Puntos de Vista | Joanna Farias Lagos - CFT Estatal de Aysén
play
Christopher Contreras | Puntos de Vista
play
Puntos de vista | Juan Pablo Prieto Cox (Administrador Provisional U. Aysén)
play
Puntos de Vista | Jaime Poblete - ProChile (Aysén)
play
Puntos de Vista | Candidato al Senado por Aysén - Manuel Anabalón Jeldres
play
Puntos de Vista | Candidato al Senado por Aysén - Manuel Anabalón Jeldres
play
Puntos de Vista | Úrsula Mix Jiménez
play
Puntos de Vista | Delegado Presidencial Regional de Aysén
play
Puntos de Vista | Juan Pablo Bravo
play
Puntos de Vista - Leonardo Morán Aldana
play
Puntos de Vista | Gobernador Marcelo Santana Vargas
«
Anterior
1
/
11
Siguiente
»
loading
subscribeSubscribace a nuestro canal
«
Anterior
1
/
1
Siguiente
»
loading
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Marcela Sepúlveda Streb
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Fernanda Guarda Ringler
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Cristina Lara Rivas
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Alejandra Muñoz Sandoval
play
Mujeres cultoras de Aysén | Emilia Pérez Lambert
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Cristina Gutiérrez Amaya
play
Mujeres cultoras de Aysén | Carol Epuyao Pinilla
play
Mujeres cultoras de Aysén | Magdalena Rosas Ossa
play
Mujeres Cultoras de Aysén | Verónica Ibieta
«
Anterior
1
/
1
Siguiente
»
loading

NOTICIAS RECOMENDADAS

Carabineros detuvo a tres personas por presunto abigeato e infracción a la Ley de Pesca en Cochrane

Carabineros detuvo a tres personas por presunto abigeato e infracción a la Ley de Pesca en Cochrane

25/08/2026
Fiesta del Curanto Bajo la Lluvia reunió gastronomía y música en Repollal Alto, Melinka

Fiesta del Curanto Bajo la Lluvia reunió gastronomía y música en Repollal Alto, Melinka

17/08/2026

LISTA DE CATEGORIAS

  • ACUICULTURA
  • AGRICULTURA
  • CARTAS AL DIRECTOR
  • COLUMNA
  • CONVENCION CONSTITUCIONAL
  • CULTURA
  • DEPORTE
  • ECONOMIA
  • EDUCACION
  • INTERNACIONAL
  • JUDICIAL
  • MEDIO AMBIENTE
  • NACIONAL
  • OPINION
  • OTROS
  • POLICIAL
  • POLITICA
  • REGIONAL
  • REPORTAJES
  • SALUD
Radio45Sur.cl

Somos Radio 45 Sur Transmitimos desde Coyhaique Patagonia Chilena, lo más destacado en música. Escúchanos Aquí y descubre una nueva forma de escuchar Radio en la Región de Aysén.

Leer Más

MENU DE NAVEGACION

  • INICIO
  • NOSOTROS
    • SOMOS
    • PROGRAMACION
  • NOTICIAS
  • VIDEOS Y PODCAST
    • VIDEOS – PROGRAMA PUNTO DE VISTA
    • ¿CÓMO POSTULO?
    • MUJERES EN AYSEN
    • PODCAST
    • VOCES SOCIALES
    • MUJERES CULTORAS
  • CONVERSACIONES
  • EXPOPATAGONIA 2026

REDES SOCIALES

DATOS DE CONTACTO

Direccion: Francisco Bilbao 930, Coihaique, Chile

Fono: 67 2 241430

Correo: contacto@radio45sur.cl 

© 2021 Radio45sur - Todos los derechos reservados Creado por dpereira.

Sin resultados
View All Result
  • INICIO
  • NOSOTROS
    • SOMOS
    • PROGRAMACION
  • NOTICIAS
  • VIDEOS Y PODCAST
    • VIDEOS – PROGRAMA PUNTO DE VISTA
    • ¿CÓMO POSTULO?
    • MUJERES EN AYSEN
    • PODCAST
    • VOCES SOCIALES
    • MUJERES CULTORAS
  • CONVERSACIONES
  • EXPOPATAGONIA 2026

© 2021 Radio45sur - Todos los derechos reservados Creado por dpereira.