La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió el recurso de protección presentado por la Fundación Educacional Santa Teresa, sostenedora del Liceo Bicentenario Santa Teresa de los Andes, y dejó sin efecto la resolución exenta dictada por la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación que sancionaba al establecimiento con una amonestación escrita y le instruía obligatoriamente a implementar la asignatura de Lengua y Cultura de los Pueblos Originarios Ancestrales para sus estudiantes.
En fallo unánime (causa rol 186-2025), la Primera Sala del tribunal —integrada por los ministros Luis Moisés Aedo Mora, José Ignacio Mora Trujillo y Natalia Rencoret Oliva— concluyó que existieron incongruencias entre los cargos originalmente formulados y los fundamentos de la sanción aplicada. El tribunal estableció que el establecimiento no cumplía con el porcentaje mínimo de estudiantes con ascendencia indígena (20%) exigido por la normativa, registrando solo un 4,73%, lo que invalidaba los cargos que sustentaban el proceso administrativo.
La sentencia determinó que el actuar de la Superintendencia fue arbitrario, afectando la garantía de igualdad ante la ley consagrada en la Constitución. En consecuencia, se ordenó dejar sin efecto la Resolución Exenta Nº2025/PA/11/064, dictada el 4 de julio de 2025, que aprobaba el proceso administrativo por contravención a la normativa educacional. El fallo no consideró costas para las partes.
*Imagen de Archivo











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