En fallo unánime (causa rol 86-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Mónica Coloma Pulgar (presidenta), Pablo Freire Gavilán y Patricio Zúñiga Valenzuela (redactor)– aplicó, además, a Llanquín Alvarado las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 20 horas del 25 de diciembre de 2020, “la víctima de iniciales D.A.V.C., de 16 años de edad al momento de ocurrencia de los hechos, se cruzó en el camino con José Ricardo Llanquín Alvarado, con quien mantuvo una discusión por un perro, donde este último se ofuscó diciéndole: «qué me venís a hablar así cabro de mierda» agrediendo con un golpe de puño en la cabeza al joven, para acto seguido, extraer de entre sus vestimentas un cuchillo que portaba, apuñalándolo en la zona abdominal izquierda, causándole una herida penetrante ante lo cual la víctima, recorre unos metros por calle Jeinimeni de la ciudad de Coyhaique, cayendo al suelo frente al número 828, dándose a la fuga del lugar Llanquín Alvarado”.
Herido, el adolescente fue trasladado al Hospital Regional, centro asistencial donde al día siguiente, 26 de diciembre de 2020, falleció por shock hipovolémico provocado por herida penetrante abdominal complicada.
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