La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Héctor Ricardo Alfredo Navarrete Toledo y Cristián Enrique Sepúlveda Oyarce, confirmando la sentencia que los condena a 7 años de presidio como autores del delito consumado de robo con violencia, ocurrido en septiembre de 2024 en la ciudad.
La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Pedro Castro Espinoza, Luis Aedo Mora y José Ignacio Mora Trujillo, descartó infracción de ley en el fallo dictado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Coyhaique. Según la resolución, las discrepancias planteadas por la defensa —como el color de una chaqueta— no fueron suficientes para desacreditar el testimonio del testigo presencial, cuya declaración fue considerada clara y coherente.
El fallo también destacó que la identificación de los imputados se basó en múltiples elementos corroborativos: reconocimiento fotográfico parcial, registros de video del procedimiento policial y la incautación de especies sustraídas en poder de uno de los acusados.
Con esta resolución, el tribunal reafirma la validez del juicio y la sentencia dictada el 9 de agosto de 2025, consolidando el proceso judicial como ajustado a derecho y descartando la nulidad solicitada por la defensa.










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