La Corte Suprema resolvió a favor de la Municipalidad de Coyhaique en el caso relacionado con la destitución de una funcionaria, determinando que la medida disciplinaria se ajustó a derecho. El tribunal concluyó que la sanción se fundó en una infracción grave al principio de probidad administrativa, luego de acreditarse el uso indebido de una licencia médica para realizar un viaje al extranjero.
El fallo estableció que el sumario administrativo fue tramitado conforme a la normativa vigente, respetando el debido proceso y el derecho a defensa. Asimismo, recordó que el recurso de protección no permite revisar la proporcionalidad de una sanción, sino únicamente la legalidad del acto impugnado, criterio que —según la resolución— se cumplió en este caso. La sentencia descarta la existencia de ilegalidades o arbitrariedades en el procedimiento llevado adelante por el municipio.
Con esta resolución, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que había acogido la acción presentada por la funcionaria, y rechazó el recurso de protección en su totalidad. La decisión fue adoptada con el voto en contra de dos abogados integrantes, quienes consideraron que la sanción resultaba desproporcionada.











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