La Corte de Apelaciones de Coyhaique resolvió, por unanimidad, acoger el recurso de apelación presentado por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, ordenando la reanudación del procedimiento penal seguido en contra del diputado Miguel Ángel Calisto Águila, en el marco de una investigación por presunto fraude al fisco. Con esta decisión, el tribunal de alzada revocó la resolución del Juzgado de Garantía de Coyhaique que había decretado la suspensión del procedimiento tras la audiencia de formalización realizada el 14 de enero.
De acuerdo con lo expuesto por la Fiscalía Regional de Aysén, el recurso de apelación buscaba dejar sin efecto una suspensión que, según el ente persecutor, fue dictada sin mediar solicitud ni debate previo, y que además se sustentó en una norma del antiguo Código de Procedimiento Penal, específicamente el artículo 615, el cual dejó de estar vigente en la región desde la entrada en funcionamiento de la Reforma Procesal Penal en el año 2002. La Fiscalía sostuvo que dicha norma no resulta aplicable a hechos investigados bajo el actual sistema acusatorio.
En su resolución, la Corte de Apelaciones señaló que resulta contrario a derecho fundamentar la suspensión del procedimiento en una disposición legal derogada y que, además, aludía a facultades propias de un juez del crimen, figura inexistente en el actual sistema procesal penal. El fallo precisó que la materia se encuentra regulada por el Código Procesal Penal vigente y que no existe base legal para suspender el procedimiento penal respecto de parlamentarios en las circunstancias planteadas en esta causa.
La investigación impulsada por el Ministerio Público se refiere a hechos ocurridos entre los años 2018 y 2022, vinculados a presuntas asesorías parlamentarias que, según la Fiscalía, no habrían sido efectivamente prestadas. En este contexto, el organismo persecutor sostuvo que el diputado Miguel Ángel Calisto ya fue desaforado tanto por la Corte de Apelaciones de Coyhaique como por la Corte Suprema, mediante resoluciones firmes, por lo que no corresponde solicitar un nuevo desafuero, al tratarse de un único procedimiento aplicable a diputados y senadores.
Desde la defensa del parlamentario, el abogado César Ramos, representante legal de Miguel Ángel Calisto, valoró la decisión de la Corte de Apelaciones, señalando que la reanudación del procedimiento permitirá continuar con diligencias investigativas solicitadas por la defensa, las que —según indicó— apuntan a esclarecer los hechos y demostrar la inocencia de su representado. Asimismo, precisó que la resolución despeja el camino para que el senador electo asuma sus funciones legislativas en marzo, indicando que el avance de la investigación no constituye un impedimento para ello.











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