El Primer Juzgado de Letras de Coyhaique acogió la demanda civil interpuesta en contra del Servicio de Salud Aysén y del Hospital Regional de Coyhaique por el deceso de lactante de dos meses de vida, debido a falta de servicio que lo privaron de una atención profesional, oportuna y diligente. Hecho ocurrido en octubre de 2017.
En el fallo, el magistrado Félix Asencio Hernández condenó a los demandados por falta de servicio a pagar un total de $175.000.000 (ciento setenta y cinco millones de pesos) por concepto de daño moral, a la familia afectada.
“Al revisitar las preguntas que fueron planteadas por la demandante y que se mencionaron en el considerando décimo noveno, en una versión corta, es posible dar la misma respuesta afirmativa a todas las preguntas, indicando el lactante no fue hospitalizado oportunamente, no fue ingresado a UCI oportunamente, no fue intubado oportunamente, no siempre fue sujeto a control médico oportuno, no fue trasladado extrarregionalmente en forma oportuna por errores, que configuran negligencia”, plantea el fallo.
Resolución que agrega que: “(…) en lo particular, este magistrado considera que, de todas las infracciones constitutivas de falta de servicio postuladas por la demandante y que fueron acreditadas, hay 3 que son críticas en haber podido llevar a un diferente desenlace. No se trata de minimizar las demás infracciones, sino que simplemente se estima que las que se mencionarán condujeron a un camino de muy difícil retorno en el curso de acontecimientos: a) Una vigilancia médica diligente que, al menos desde el día 16 de octubre de 2017 hubiese detectado las dificultades respiratorias del niño b) Una oportuna derivación del niño (a la UCI indiferenciada de Hospital Regional de Coyhaique), c) Una oportuna derivación del niño a una UCI pediátrica extrarregional”.
Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE la demanda de folio 1, solamente respecto de la pretensión de Martina Elizabeth Fernández Mora, Oscar Salvador Real Leal, Martín Cristóbal Real Bórquez, Oscar Orlando Real Hermosilla, Francisco Javier Real Bahamonde, y Fanny Mariel Ormeño Valdés, en contra del Servicio de Salud Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, representado legalmente por su director Mauricio Cortés Molina, o por quien haga sus veces y/o por quien la subrogue legalmente; y del Hospital Regional de Coyhaique, representado legalmente por su director Jaime Eduardo López Quintana o por quien haga sus veces y/o por quien le subrogue legalmente, todos ya individualizados, sólo en cuanto las demandadas deberán pagar solidariamente a las demandantes por falta de servicio y por concepto de daño moral”.
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