La defensa del senador Miguel Ángel Calisto presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique para solicitar que se deje sin efecto el cierre de la investigación en la causa por presunto fraude al Fisco que involucra al parlamentario. Los abogados sostienen que la clausura de la etapa investigativa habría impedido ejercer adecuadamente el derecho a defensa y solicitar nuevas diligencias.
Entre sus argumentos, la defensa cuestiona el cambio de declaración de los coimputados Roland Cárcamo y Carla Graf, señalando que ambos habrían modificado sustancialmente la versión que mantuvieron durante años. El recurso también vincula estos nuevos testimonios con la modificación de la prisión preventiva que afectaba a Cárcamo en una causa distinta, indicando que la Fiscalía estuvo de acuerdo con el cambio de su medida cautelar. Estos antecedentes corresponden a los planteamientos contenidos en la acción presentada por los abogados del senador.
La defensa solicita al tribunal de alzada dejar sin efecto las resoluciones que permitieron el cierre de la investigación y establecer un plazo para requerir nuevas diligencias. La acción deberá ser revisada por la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que resolverá si acoge o rechaza los argumentos presentados por los representantes del parlamentario.
Como antecedente adicional, la Fiscalía busca nuevamente el desafuero del senador Miguel Ángel Calisto para avanzar con la acusación, en la que solicita una pena de 12 años de presidio por un eventual fraude al Fisco. La nueva solicitud considera los mismos hechos revisados durante 2025 por la Corte de Apelaciones de Coyhaique y la Corte Suprema, cuando Calisto ejercía como diputado. Debido a su participación previa en el análisis de esos antecedentes, los cuatro ministros de la Corte de Coyhaique —Pedro Castro, Natalia Rencoret, Luis Aedo y José Mora— se declararon inhabilitados para conocer el nuevo requerimiento, invocando la causal de haber emitido previamente un pronunciamiento sobre la materia con conocimiento de los antecedentes necesarios para resolver, por lo que el desafuero será visto por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.








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